Accidente laboral, a todos los efectos y en todas las circunstancias

Accidente laboral, a todos los efectos y en todas las circunstancias

Los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería, SATSE, se han puesto a disposición de sus afiliados para reclamar ante la Justicia el reconocimiento de su baja laboral por Covid-19. El Real Decreto-Ley 19/2020 de 28 de mayo no protege a los profesionales sanitarios a todos los efectos y en todas las circunstancias.

Las enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas afiliados a SATSE ya pueden reclamar ante la Justicia el reconocimiento de su baja laboral por Covid-19 como accidente de trabajo, a todos los efectos y en todas las circunstancias. Para ello, SATSE ha puesto sus servicios jurídicos a disposición de este fin.

El Real Decreto-Ley 19/2020 publicado por el Gobierno no satisface a SATSE, ya que considera estas bajas como accidente laboral “en algunas situaciones” y solo con posterioridad a su entrada en vigor, el 28 de mayo. Por ello, la organización sindical ha puesto en marcha a sus delegados y asesorías jurídicas en todas las provincias para dar información y asesoramiento a los afiliados que quieran presentar la oportuna reclamación ante la administración y la justicia.

En concreto, hay dos vías principales de reclamación; en función de si la baja se cursó antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 19/2020, el 28 de mayo, o después de esta fecha. Si fue anterior a la misma no se le reconoce directamente como accidente de trabajo.

Plazos restrictivos

Al respecto, SATSE critica los plazos tan “restrictivos” que marca esta norma. Solo da cobertura a aquellos profesionales que tienen la baja desde el inicio del Estado de Alarma, el 14 de marzo, y hasta un mes después del final del mismo, el 21 de julio. “Es injusto y discriminatorio que el resto de enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas que se contagiaron con la Covid-19 antes del 14 de marzo o que lo hagan después del 21 de julio no sean tratados como el resto de compañeros y compañeras”, apunta el Sindicato.

En primera instancia, el profesional interesado se dirigirá al Servicio de Prevención. Paralelamente, realizará una reclamación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En caso de que el INSS desestime su solicitud, el sindicato facilitará al profesional la presentación también de la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social.

SATSE defenderá y protegerá a las enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas interesados en todo este proceso. El objetivo es intentar que se haga justicia con quienes han estado en primera línea luchando contra la COVID-19. En muchos casos, insiste SATSE,  sin el material de protección necesario. Han sido dados de baja laboral por haber resultado contagiados o estar en aislamiento preventivo y requerir, además, en ocasiones, el ingreso hospitalario.

Enfermedad profesional

De otro lado, el Sindicato insiste en que la solución de fondo a este problema es, tal y como ya viene demandando desde hace tiempo, que la Covid-19 sea considerada directamente como enfermedad profesional. El SARS-CoV-2, insiste, debe ser  incluido en el Grupo 4 dentro de la clasificación existente de agentes que provocan enfermedades profesionales. En ese caso, además, es posible acceder a determinados beneficios.  Es el caso de un incremento en la prestación económica percibida correspondiente al periodo de baja. También a recibir mayor protección en caso de posibles recaídas a consecuencia de haber padecido la enfermedad, entre otras cuestiones. El ministro, de hecho, anunció en Comisión de Sanidad que se había aprobado la consideración de los contagios como enfermedad profesional.

Por último, SATSE recuerda que más de 51.000 profesionales sanitarios se han contagiado hasta la fecha con esta grave enfermedad en nuestro país.  El 60 por ciento estima el Sindicato que son profesionales de Enfermería. Se trata de en torno al 22 por ciento del total de contagiados en nuestro país, apunta.

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