El Ministerio de Sanidad ha publicado las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas 2020 para el acceso en el año 2021, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones de Enfermería, Medicina, Farmacia, y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.
En el documento publicado por Sanidad, según lo establecido en la Orden SND/1158/2020, de 2 de diciembre, se establece un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación (del 27 de enero al 9 de febrero ambos incluidos) para presentar reclamación con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación determinará la exclusión de la prueba de la persona aspirante.
Oferta de plazas
- Obstétrico-Ginecológica (Matrona): 412
- Salud Mental:255
- Enfermería del Trabajo: 62
- Pediátrica:201
- Familiar y Comunitaria:687
- Geriátrica: 66
Reclamaciones
Todas las personas que dispongan de Certificado Digital o DNI electrónico deberán presentar preferentemente las reclamaciones a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad Secretaría de Estado de Sanidad.
Para las personas que no dispongan de un sistema de identificación electrónico permitido en España, las subsanaciones se presentarán preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En estos casos tanto las solicitudes de corrección de errores en los datos personales, como las subsanaciones se presentarán utilizando el modelo de reclamación publicado en la página web del Ministerio de Sanidad y que posteriormente se deberá presentar en las oficinas antes mencionadas.
Para subsanar los casos de no admisión por la causa 5 y 6 “falta de abono de tasas/justificación incorrecta de exención de abono de tasas”, se deberá cumplimentar un nuevo Modelo 790 abonando la tasa correspondiente electrónicamente o en una oficina bancaria autorizada y posteriormente presentarlo a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado o presencialmente en las oficinas referenciadas en el párrafo anterior.
Para subsanar los casos de no admisión por la causa 16 “presentación incorrecta de la solicitud”, se deberá presentar electrónicamente el Modelo 790 cumplimentado durante la fase de presentación de solicitudes, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad Secretaría de Estado de Sanidad.