Aprobada la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027

Aprobada la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027

La Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 es un marco de referencia que orientará las políticas de seguridad y salud en los próximos años y que deberá concretarse en los centros de trabajo. Estas directrices se sustentan en la prevención y la colaboración con un enfoque integral que pone especial énfasis en la salud mental, gran reto del siglo XXI.

En el año 2022 se produjeron en España 631.724 accidentes de trabajo. Unas cifras inaceptables que no mejoran en  nuestro país y que obligan a implementar nuevas herramientas de intervención eficaces que den solución a esta y otras problemáticas de salud en el ámbito laboral. La nueva Estrategia de Seguridad y Salud 2023-2027 tiene entre sus objetivos, reducir estas cifras de accidentes y enfermedades profesionales, además de estas otras cinco cuestiones.

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Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

En este ámbito, se pone el foco en la investigación en la prevención de accidentes, especialmente los mortales; la elaboración de  guías para informar sobre los estilos de vida, factores biomédicos y estresores laborales y la realización de campañas de asistencia técnica y de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en sectores de especial siniestralidad.

Riesgos emergentes

La estrategia propone el estudio de los riesgos emergentes, prestando especial atención a los indicadores psicosociales relacionados con el estrés laboral, incluyendo los relativos a la prevención del acoso por razón de sexo e indicadores de igualdad e inclusión social.

Para ello, se constituirá un grupo de trabajo de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que, partiendo de un diagnóstico de situación, elaborará un guía para la identificación, evaluación y prevención de los riesgos psicosociales y vigilancia de la salud, pudiendo abordarse de manera genérica o por actividades con mayor prevalencia de enfermedades mentales.

En relación a la COVID

De conformidad con la Recomendación (UE) 2022/2337 de la Comisión de 28 de noviembre de 2022 relativa a la lista europea de enfermedades profesionales, se incluirá la COVID-19 como enfermedad profesional en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

También el documento persigue desarrollar acciones que permitan identificar la repercusión en la actividad laboral y las necesidades de adaptación de los puestos de trabajo, debidas a posibles secuelas post-COVID. En dichas acciones se considerarán la actividad, el sexo y la edad al objeto de favorecer la inclusión laboral y el retorno al trabajo. Se fomentará, en todo caso, que la persona trabajadora que se reincorpora tenga una adaptación del puesto de trabajo idónea para sus nuevas condiciones de salud.

Burnout y estrés postraumático

Dentro del cuarto objetivo, reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o vulnerabilidad, se propone mejorar la protección de los trabajadores y las trabajadoras del sector sanitario y sociosanitario, y ámbito asistencial. Para ello se dictan estas acciones:

  • Generar conocimiento en torno a los factores psicosociales, como el burnout y estrés postraumático, así como de los riesgos ergonómicos y biológicos.
  • Profundizar en el conocimiento de los patrones de siniestralidad y las patologías relacionadas con el trabajo y de las condiciones de trabajo existentes.
  • Impulsar acciones para identificar situaciones de deterioro de la salud mental de las personas trabajadoras de los sectores sanitario y socio sanitario asociadas al desarrollo de la pandemia (estrés, ansiedad, depresión, burn-out, estrés postraumático).
  • Promover la colaboración entre administraciones públicas laborales, sanitarias y de políticas sociales para mejorar la gestión de la prevención. También potenciar la formación en prevención de riesgos laborales, tanto de la dirección como de la plantilla de estos centros, teniendo en cuenta la perspectiva de género.
  • También actuaciones de la Inspección de Trabajo dirigidas a la realización de funciones de asistencia técnica sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género, con carácter transversal, en las políticas preventivas.
  • El INSST elaborará documentos técnicos sobre la prevención de riesgos en estos sectores.

Perspectiva de género

En una sociedad cada vez más sensibilizada con la necesidad de eliminar las brechas de género, era necesario incorporará esta perspectiva al ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. Para ello se propone en la Estrategia:

  • Mejorar el conocimiento de la exposición a riesgos laborales y daños a la salud de las mujeres, prestando especial atención a la protección de las trabajadoras que forman parte de actividades feminizadas.
  • Actualizar los anexos VII y VIII del Reglamento de los Servicios de Prevención referentes a los listados no exhaustivos de riesgos durante el embarazo y la lactancia natural, conforme con las directrices publicadas por el INSST y en consonancia con los avances que se produzcan en la legislación de la Unión Europea.
  • Actualizar el cuadro de enfermedades profesionales para incorporar la perspectiva de género.
  • Actuar sobre los riesgos específicos de género: doble presencia o conflicto trabajo-familia, violencia, acoso o discriminación por razón de sexo, etc.
  • Planificar campañas de inspección en sectores y actividades especialmente feminizadas, prestando especial atención a aquellas en las que se presentan con mayor intensidad riesgos psicosociales y riesgos músculo-esqueléticos, así como exposición a reprotóxicos, cancerígenos y mutágenos.

En el último trimestre de 2024, se presentará un informe de seguimiento del primer plan de acción. Esta fase de revisión intermedia facilitará la actualización del plan, incorporando nuevas medidas si se consideran necesarias para la consecución de los objetivos de la Estrategia o con motivo de las prioridades preventivas en ese momento. Los planes de acción especificarán medidas concretas, responsables de ejecución, plazos estimados, así como indicadores de seguimiento y resultado.

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