SATSE:“El recurso de la OMC contra las guías de prescripción enfermera es un acto de mala fe hacia profesionales y pacientes"

SATSE:“El recurso de la OMC contra las guías de prescripción enfermera es un acto de mala fe hacia profesionales y pacientes»

El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha calificado de “acto de mala fe” hacia las enfermeras de nuestro país y los pacientes el recurso del presidente de la Organización Médica Colegial, Tomás Cobo, contra las Guías de prescripción enfermera relativas a Hipertensión Arterial y Diabetes.

En la elaboración de estas guías, según SATSE, cuyo único objetivo es mejorar la atención sanitaria y la accesibilidad de los pacientes en todos los centros sanitarios, tanto públicos como privados, han participado representantes de los colectivos médicos, de enfermeras/os y de farmacéuticos, junto al Ministerio de Sanidad. “En dicho proceso de elaboración, la representación de la OMC ha participado con el número de miembros que la misma ha considerado y no ha asistido a las reuniones que ha considerado, como también ha cambiado de representante cada vez que lo ha considerado”, apunta.

En estas Guías, afirma SATSE, no se establecen competencias nuevas para las enfermeras, sino que simplemente se optimizan las ya existentes en base a protocolos y guías de actuación profesional, al igual que se hace desde siempre con múltiples protocolos y procedimientos en diversos aspectos de la atención sanitaria y cuidados al paciente, pues es práctica común y consensuada entre profesionales dichas formas de actuar para agilizar y dar seguridad a la atención sanitaria y cuidados a los pacientes.

Normativa vigente

Asimismo, SATSE recuerda que la Organización Médica Colegial, no solo no impugnó los Reales Decretos, de 23 de octubre de 2015 y de 22 de octubre de 2018, que regulan el uso, indicación y autorización  de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras, sino que participó activamente y validó con sus firmas dichos Reales Decretos.

El Sindicato también afirma que en el inicio, prórroga, pautas e interrupción del tratamiento en pacientes con Hipertensión y/o Diabetes, en lo referente a medicamentos sujetos a prescripción médica, siempre es necesaria la prescripción previa del médico y su participación activa en un entorno de colaboración entre profesionales para garantizar la seguridad en la atención a los pacientes y siempre de conformidad con los protocolos que han de desarrollarse en la autonomías en base a las guías publicadas en el BOE.

Amplia formación

De esta forma, añade, serán los servicios de salud de cada autonomía los que, con la participación nuevamente de los profesionales afectados e interesados en este tema, desarrollen de manera concreta y específica el proceder a llevar a cabo en los centros sanitarios, tal como así recoge la propia normativa al respecto.

«No existe dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, de manera libre y directa por parte de las enfermeras»

Por todo ello, asevera, no existe posibilidad alguna de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, de manera libre y directa por parte de las enfermeras, sino que, por el contrario, ha de venir precedida de la correspondiente prescripción médica. Además, su evolución y desarrollo se realizará siempre en base a los protocolos consensuados entre médicos y enfermeras en los distintos centros sanitarios del Estado.

Por otro lado, SATSE recuerda que las enfermeras de nuestro país tienen una formación clínica, práctica y sanitaria de cuatro años en la Universidad y dos más para ser especialistas, y en cuyos programas formativos tienen asignados y reconocidos créditos de formación específica en Farmacología, lo que les habilita y capacita para realizar con “absoluta solvencia y seguridad” la aplicación de las guías de Hipertensión y Diabetes en medicamentos sujetos a prescripción médica.

Sanidad privada

SATSE se pregunta si esta repentina hipersensibilidad del presidente de la OMC, Tomás Cobo, ante el uso, indicación y autorización de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras, mostrando una aparente preocupación por la seguridad del paciente, es extrapolable a las situaciones que sí ponen en riesgo de verdad la seguridad del paciente en la sanidad privada cuando personal no cualificado y de formación profesional realiza pruebas diagnósticas, canaliza vías o realiza funciones propias de las enfermeras en un quirófano.

“Se supone que esto debe de preocuparle, pero no se ha observado acción alguna por parte de la Organización Médica Colegial, tal vez para no incomodar a la sanidad privada de nuestro país”, indica.

Asimismo, el Sindicato de Enfermería se pregunta si el presidente de la OMC conoce la realidad de los centros sanitarios, pues debería saber que es práctica habitual del colectivo al que dice representar el uso de indicaciones meramente verbales de administración de medicamentos a pacientes sin la presencia física del médico, realizados por teléfono y sin una prescripción efectiva del medicamento a administrar y, por tanto, sin constancia escrita de la prescripción medicamentosa en la historia clínica del paciente en tiempo real.

Profesión enfermera

“Ante todo ello y basándonos en la profesionalidad, responsabilidad, capacitación y confianza mutua entre médico y enfermera se opta por priorizar la agilidad y eficacia en la atención sanitaria en el día a día  con el único objetivo de situar al paciente en el centro del sistema sanitario de nuestro país, aunque quizás sea conveniente aconsejar a las enfermeras que empiecen a no administrar un solo medicamento a los pacientes sin la prescripción médica efectiva y real en tiempo y forma”, afirma.

SATSE asevera que poner en duda las competencias y capacidad profesional de las enfermeras de nuestro país ante el comportamiento a desarrollar en la aplicación de las Guías de Hipertensión Arterial y Diabetes en medicamentos sujetos a prescripción médica, no solo es una falta de confianza en la profesión enfermera, sino una falta de respeto también a quienes durante dos años han dado la cara y arriesgado la salud y la vida sin dejar de realizar su actividad presencial en los centros de salud, en los domicilios y en los hospitales a pie de cama del paciente, mientras que otros profesionales optaron directamente por el uso telemático y el teléfono en lugar de la atención presencial y directa al paciente.

Campo competencial

Por último, el Sindicato de Enfermería asegura que permanecerá muy alerta y vigilante a la evolución del recurso presentado por el presidente de la OMC, Tomás Cobo, contra las Guías de HTA y Diabetes en medicamentos sujetos a prescripción médica y se pone a disposición del Ministerio de Sanidad para defender el espacio profesional de las enfermeras de nuestro país, así como el derecho de los pacientes a tener una atención sanitaria y cuidados ágiles, seguros y de calidad.

De igual manera, SATSE no renuncia a las acciones sindicales y jurídicas que considere realizar en legítima defensa de las enfermeras y enfermeros de nuestro país ante este nuevo atropello y agravio contra la profesión enfermera por parte de la Organización Médica Colegial.

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