Esto es lo que podré hacer en Navidades

Esto es lo que podré hacer en Navidades

El ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas, en el seno del Consejo Interterritorial del SNS, ha aprobado por mayoría el plan de Navidad dirigido a controlar la pandemia y evitar la tercera ola. El plan no ha sido apoyado por la Comunidad de Madrid, que ha votado en contra, y Catalunya, que se ha abstenido.

El Consejo Interterritorial ha acordado un conjunto de medidas para la celebración de las próximas fiestas navideñas. Se trata de un marco común que ayudará a las comunidades autónomas y la población en general a planificar sus Navidades. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha resumido así de las medidas.

El documento de referencia señala que estas recomendaciones requieren una labor de coordinación entre todos los niveles, nacional, autonómico y local y trabajar conjuntamente con los municipios y las organizaciones de comerciantes, agentes sociales, culturales y deportivos.

En estas fiestas navideñas, según se especifica en el mismo acuerdo, se deberán reforzar los mensajes sobre las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre. Así, se deben tener siempre en cuenta la regla de la 6M.

Entrada y salida 

El acuerdo señala que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las CCAA y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida prevista en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos, así como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados.

Las comunidades pueden marcar medidas adicionales para proteger a su población más vulnerable

No obstante, a la vista de la evolución de la situación epidemiológica, las comunidades podrán establecer que esta última salvedad únicamente resulte aplicable en días determinados.

Además, cabe destacar que lo previsto en este apartado no será de aplicación en Canarias ni Baleares debido a las características propias de la insularidad. En estos territorios se dispondrán de las medidas que resulten oportunas.

Encuentros 

Respecto a los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se indica que no se debe superar el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.

En todo caso, se recomienda que pertenezcan al mismo grupo de convivencia. Además, se deberá tener especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.

Por otro lado, se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes. Además, deberán atenerse a las medidas preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad autónoma. Y, una vez en casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

Movilidad nocturna en fiestas

En cuanto a la movilidad nocturna en las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero se confirma la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitación comience, como muy tarde a las 1:30 horas y únicamente para permitir el regreso al domicilio. El acuerdo subraya que en ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a encuentros sociales.

Respecto a los eventos navideños, organizados entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, las comunidades y ciudades autónomas no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España»

Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención. Es el caso de las cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas. De forma general, será la autoridad sanitaria la que deberá evaluar los riesgos de transmisión de SARSCoV-2 asociados a eventos o actividades multitudinarias. A estas autoridades compete prevenir la adopción de medidas oportunas para reducir el riesgo.

Vía pública

Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se especifica que se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica. Se recomienda también reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y evitar comer del mismo plato.

En coordinación con las entidades locales, se recomienda, en todo caso, favorecer un mayor uso de la vía pública al aire libre. Así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público.

Cabe destacar que se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello.

Eventos

El documento especifica que no se podrán celebrar grandes eventos deportivos. En su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual. Y, las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto. Cuando sea posible, las citadas actividades se llevarán a cabo al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad.

Por su parte las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma.

En cuanto a las compras se recomienda a la población que las organice con antelación. Durante el periodo navideño, se traslada a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar aglomeraciones.

Centros socio-sanitarios

En el apartado en el que se abordan los centros residenciales socio-sanitarios se recomienda que, en aquellos casos en que los residentes realicen una salida más prolongada, estas queden restringidas a un único domicilio. Se apunta que se mantenga una burbuja de convivencia estable.

A su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa. En los días posteriores al mismo se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

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