Sanidad hace obligatorio el uso de mascarilla

Sanidad hace obligatorio el uso de mascarilla

Entra en vigor la orden, publicada ayer por en el BOE, que regula el uso obligatorio de las mascarillas a partir de mañana. La mascarilla que debe usarse es la higiénica y quirúrgica, aunque puede utilizarse cualquier tipo siempre y cuando cubra nariz y boca.

Las mascarillas serán obligatorias para evitar la propagación del coronavirus a partir de mañana jueves, 21 de mayo. Así lo contempla la orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado que entra en vigor hoy. La decisión fue anunciada en la rueda de prensa del Consejo de Ministros del martes.

El uso generalizado de mascarillas por parte de la población general se dirige a reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2. Su uso está justificado no solo por alta transmisibilidad del coronavirus; sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas. Este hecho es muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

Asimismo, es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar en la línea de reducción de los casos de contagio de la enfermedad en nuestro país, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.

¿Cuándo debe usarse?

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

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¿Quienes deben usarla?

Deberán usarla todas las personas, desde niños de seis años, en lugares cerrados y en espacios abiertos cuando no se pueda garantizar los dos metros de distancia. Hay excepciones:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Aquellas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados. También que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

La Orden establece que es también recomendable en los niños de entre 3 y 5 años.

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