Según el Real Decreto-ley 6/2019, las empresas que tengan una plantilla de más de 50 personas tendrán tres años para elaborar y aplicar un Plan de Igualdad. Dos años para las de 100 a 150 personas. Mientras que se da un margen de un año a las empresas que tengan 150 o más de 250 trabajadoras y trabajadores.
Las empresas y organizaciones que hayan puesto en marcha un Plan de Igualdad estarán obligadas a inscribir dicho plan en el registro de Planes de Igualdad dependiente de la Dirección General de Trabajo. También se recoge la obligatoriedad de llevar un registro salarial con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla. El fin es acabar con la brecha salarial entendiendo que existe discriminación salarial cuando el promedio de las retribuciones de un sexo sea superior al del otro en más de un 25%.
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Los Planes de Igualdad son un conjunto de medidas encaminadas a alcanzar la igualdad de trato de oportunidades entre hombres y mujeres en el entorno laboral. Debe contener una relación de objetivos claros, medidas y acciones concretas y un sistema de seguimiento, así como un calendario de ejecución y vigencia.
Mejorar el clima laboral reduce el absentismo y potencia la productividad.
Los Planes de Igualdad son el diseño de una política laboral concreta, fruto de un diagnóstico previo y de una negociación colectiva que afecta a toda la plantilla. No son estrategias concretamente para mujeres, son para todos los trabajadores y trabajadoras, y sus medidas no pueden ser de carácter individual.
¿Quién lo pone en marcha?
Poner en marcha un el Plan de Igualdad es un trabajo que se debe realizar con la representación legal de trabajadoras y trabajadores (delegados y delegadas sindicales o comités de empresa) y lo idóneo es crear un grupo de trabajo llamado comisión de igualdad, compuesto por representantes de la dirección y la representación sindical de esa empresa.
La puesta en marcha del Plan de Igualdad se compone varias fases:
- Diagnóstico del plan
- Programación
- Implantación
- Seguimiento y evaluación
Existen sanciones para las organizaciones que no cumplan con la Ley vigente
Los Planes de Igualdad siempre deberán estar encaminados a contemplar aspectos básicos como el acceso al empleo, la promoción, las retribuciones, la prevención del acoso sexual y la distribución de los horarios de trabajo para que favorezcan la corresponsabilidad familiar.
¿A quién beneficia el Plan de Igualdad?
La igualdad de oportunidades es rentable para las empresas ya que se garantiza un mejor aprovechamiento del talento de toda la plantilla. Si el Plan de Igualdad se ha hecho de forma óptima permitirá que tanto empleadas como empleados desarrollen todo su potencial, ya que mejorar el clima laboral reduce el absentismo y potencia la productividad.
Los Planes de Igualdad permiten cumplir con la legislación, ya que existen sanciones para las organizaciones que no cumplan con la Ley vigente. Además permiten consolidar la responsabilidad social corporativa y optimizar los recursos humanos de la organización.
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